octubre 14, 2024

Tabla de sanciones para tacógrafos: lo que todo conductor debe saber

by Grupo ferga in Sin categoría

Tabla de sanciones para tacógrafos: lo que todo conductor debe saber

tabla-sanciones-tacrografos

El incumplimiento de las normas sobre tacógrafos puede acarrear sanciones graves para los conductores y las empresas. Dicho esto, en el presente post te ofrecemos información sobre la tabla de sanciones tacógrafo, en qué consisten las infracciones y sus penalizaciones, junto con información adicional que todo conductor profesional debe conocer.

Cabe señalar que, en el desglose de la tabla de sanciones tacógrafo que hemos preparado para ti en Grupo Ferga, te presentamos las 6 principales infracciones que suelen cometer los conductores.

¿Quiénes deben tener tacógrafo?

Antes de entrar en detalle sobre la tabla de sanciones tacógrafo, es indispensable que sepas que la obligación de instalar y utilizar un tacógrafo recae sobre los siguientes vehículos:

  • Vehículos de mercancías con MMA superior a 3.500 kg.
  • Autobuses con más de 9 plazas, incluido el conductor.
  • Vehículos de transporte de residuos peligrosos.
  • Vehículos que transporten animales vivos.

Tabla de sanciones de tacógrafo

En la siguiente tabla de sanciones tacógrafo te presentamos una selección de las principales infracciones con sus sanciones y penalizaciones asociadas:

1. No tener el tacógrafo instalado o en funcionamiento

La ausencia o el mal funcionamiento del tacógrafo en vehículos que lo requieren por ley se considera una infracción muy grave, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 968/2017 y recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué implica?

  • Ausencia del tacógrafo: No tener un tacógrafo instalado en un vehículo que lo requiera por ley se considera una falta grave.
  • Mal funcionamiento del tacógrafo: Si el tacógrafo está instalado, pero no funciona correctamente, también se considera una falta grave.

Sanciones:

Las multas oscilan entre 2.001€ y 6.000€.

Penalizaciones:

  • Inmovilización del vehículo: El vehículo puede ser inmovilizado hasta que se subsane la infracción.
  • Pérdida de la honorabilidad: En el caso de empresas de transporte, la infracción puede conllevar la pérdida de la honorabilidad, lo que dificulta la obtención de nuevas licencias y permisos.
  • Posibles sanciones penales: En casos extremos, la manipulación o alteración del tacógrafo puede ser considerada un delito penal.

2. No usar la tarjeta de conductor

No utilizar la tarjeta de conductor del tacógrafo digital cuando es obligatorio se considera una infracción grave, según lo establecido en el Real Decreto 968/2017 y recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué implica?

No usar la tarjeta de conductor significa no introducirla en el tacógrafo al iniciar la jornada de conducción, lo que impide que el dispositivo registre los datos de la actividad del conductor.

Sanciones:

Las multas oscilan entre 200€ y 1.000€.

Penalizaciones:

  • Inmovilización del vehículo: El vehículo puede ser inmovilizado hasta que se subsane la infracción y el conductor se identifique.
  • Descarga manual de los datos: El conductor deberá descargar manualmente los datos del tacógrafo, lo que puede ser un proceso tedioso y propenso a errores.
  • Posibles sanciones penales: En casos extremos, la falsificación o el uso indebido de la tarjeta de conductor puede ser considerado un delito penal.

3. No registrar los datos correctos

No registrar los datos correctos en el tacógrafo digital, como los tiempos de conducción, descansos y actividades, se considera una infracción grave, según lo establecido en el Real Decreto 968/2017 y recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué implica?

No registrar los datos correctos en el tacógrafo significa que la información registrada no refleja fielmente la actividad real del conductor, lo que dificulta o imposibilita el control del cumplimiento de las normas de conducción y descanso.

Ejemplos de esta infracción: No registrar el inicio y el final de la jornada de conducción, no registrar los descansos obligatorios, registrar tiempos de conducción superiores a los permitidos.

Sanciones:

Las multas oscilan entre 200€ y 1.000€.

Penalizaciones:

  • Descarga manual de los datos: El conductor deberá descargar manualmente los datos del tacógrafo, lo que puede ser un proceso tedioso y propenso a errores.
  • Investigación por parte de las autoridades: Las autoridades competentes pueden abrir una investigación para determinar si se han producido otras irregularidades.
  • Posibles sanciones penales: En casos extremos, la falsificación o manipulación de los datos del tacógrafo puede ser considerado un delito penal.

4. Falsificar o manipular los datos

Falsificar o manipular los datos del tacógrafo digital para alterar la información registrada sobre la actividad del conductor se considera una infracción muy grave, según lo establecido en el Real Decreto 968/2017 y recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué implica?

Esta infracción comprende cualquier acción destinada a modificar o eliminar los datos registrados en el tacógrafo, con el objetivo de falsear la información sobre los tiempos de conducción, descansos y actividades del conductor.

Sanciones:

Las multas oscilan entre 3.000€ y 6.000€.

Penalizaciones:

  • Inmovilización del vehículo: Hasta que se subsane la infracción y se demuestre la veracidad de los datos.
  • Retirada del permiso de conducir: Por un período de tiempo determinado.
  • Suspensión de la autorización de transporte: Suspensión de la autorización de transporte, lo que implica la imposibilidad de realizar actividades de transporte durante un tiempo determinado.
  • Posibles sanciones penales: En casos extremos, puede ser considerada un delito penal, lo que podría implicar penas de prisión y multas más elevadas.

5. Exceder los tiempos de conducción

Se considera una infracción grave, según lo establecido en el Real Decreto 968/2017 y recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué implica?

Conducir más tiempo del permitido por ley supone un riesgo para la seguridad vial, ya que el conductor puede experimentar fatiga, somnolencia y una disminución en su capacidad de reacción, lo que aumenta las probabilidades de sufrir un accidente.

Sanciones:

Las multas oscilan entre 400€ y 2.000€.

Penalizaciones:

  • Inmovilización del vehículo: El vehículo puede ser inmovilizado hasta que el conductor haya descansado lo suficiente.
  • Descarga manual de los datos: El conductor deberá descargar manualmente los datos del tacógrafo, lo que puede ser un proceso tedioso y propenso a errores.
  • Posibles sanciones penales: En casos extremos, la conducción temeraria por exceso de fatiga puede ser considerada un delito penal.

6. No respetar los descansos

Al igual que el caso anterior, se considera una infracción grave, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 968/2017 y a lo recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué implica?

No realizar los descansos obligatorios supone un riesgo para la seguridad vial, ya que el conductor puede experimentar fatiga, somnolencia y una disminución en su capacidad de reacción, lo que aumenta las probabilidades de sufrir un accidente.

Sanciones:

Las multas oscilan entre 400€ y 2.000€.

Penalizaciones:

  • Inmovilización del vehículo: El vehículo puede ser inmovilizado hasta que el conductor haya descansado lo suficiente.
  • Descarga manual de los datos: El conductor deberá descargar manualmente los datos del tacógrafo, lo que puede ser un proceso tedioso y propenso a errores.
  • Posibles sanciones penales: En casos extremos, la conducción temeraria por exceso de fatiga puede ser considerada un delito penal.

sanciones-tacografos

En Grupo Ferga nos complace haber podido brindarte la asesoría necesaria sobre la tabla de sanciones para tacógrafos. ¡No dudes en contactarnos para mayor información!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *