Autorización para camiones de mercancías peligrosas en Madrid

¿Sabías que se requiere una autorización para el transporte de mercancías peligrosas por Madrid? En Grupo Ferga, entendemos la importancia de cumplir con la normativa vigente para garantizar la seguridad de todos y la protección del entorno urbano, por lo que te explicamos todo lo que necesitas saber al respecto.
Para circular con camiones de MMA (masa máxima autorizada) mayor de 18 toneladas por la M-30 y con aquellos que transporten mercancías peligrosas por la M-40, independientemente de su MMA, se requiere una autorización municipal específica para acceder a vías dentro de la M-40 (excluyendo la propia M-40 y sus enlaces). Existen restricciones estrictas en la M-30, especialmente en túneles, y zonas especiales como la ZBE y el Distrito Centro. Por otra parte, la M-40 es la vía preferente para el tránsito, con menos restricciones, pero se deben cumplir los requisitos ADR y consultar las limitaciones anuales de la DGT.
En este post, queremos informarte sobre los requisitos y procedimientos necesarios para obtener la autorización de circulación de camiones de mercancías peligrosas por Madrid, un trámite fundamental para las empresas del sector logístico y de transporte.
¿Qué autorizaciones son necesarias?
1) M-30 (Anillo Interior)
- Obligatorio: Disponer de autorización municipal del Ayuntamiento de Madrid para circular por vías municipales dentro de la M-40 (queda excluida la propia M-40 y sus enlaces) si el vehículo tiene una MMA (masa máxima autorizada) de más de 18 toneladas.
- Prohibido: La circulación de vehículos con mercancías peligrosas (ADR) por los túneles de la M-30.
- Además, se aplican ventanas horarias, limitaciones de peso y restricciones ambientales en Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y Distrito Centro. Para ello, deben tener etiqueta B o C y las zonas de carga y descarga deben ser reservadas en una app.
- En el caso de los tráiler, se debe tramitar la autorización tanto para el semirremolque como para la cabeza tractora.
2) M-40 (Anillo Exterior)
- No se requiere autorización municipal para circular en tránsito por la M-40, ya que es una vía de tipo interurbano.
- Obligatorio: para todos los vehículos que transporten mercancías peligrosas independientemente de su MMA (masa máxima autorizada) y que deben cumplir la normativa ADR, las restricciones vigentes de la DGT y atender a túneles o tramos específicos que puedan estar señalizados como prohibidos.
- Para entregas de gasóleo y en hospitales dentro de la M-40: no tienen restricción de horario para la circulación, pero Sí es necesaria la autorización municipal, y el acceso debe realizarse por el recorrido más corto posible desde la M-40 el cual debe ser autorizado. Para el reparto de gasóleo domiciliario pueden no darle la autorización al considerarse Venta en ruta y no tener itinerario fijado que se pueda autorizar. Los horarios permitidos son de lunes a viernes son de 10h a 13.30h y de 15h a 17.30h y los sábados de 8h a 14h.
Restricciones y zonas especiales
Conoce las restricciones para camiones en Madrid hoy:
| Aspecto | M-30 (Anillo Interior) | M-40 (Anillo Exterior) |
| Autorización Municipal | Es necesaria autorización municipal para circular por vías municipales dentro de la M-40 (la propia M-40 y sus enlaces están excluidos). | No se requiere autorización municipal para circular en tránsito. Solo será necesaria si se accede a vías urbanas dentro de la M-40. |
| Túneles | Está prohibido el paso de vehículos que transportan mercancías peligrosas (ADR) por los túneles de la M-30. | Algunos túneles pueden tener restricciones puntuales (consultar DGT) |
| Ventanas Horarias | Se aplican restricciones en domingos, festivos y vísperas, según la normativa municipal vigente (ver tabla detallada más abajo). | Las limitaciones se ajustan a las restricciones generales de la DGT y a tramos concretos señalizados. |
| Peso Máximo | Los vehículos de >7,5 t MMA tienen prohibida la circulación en túneles. Vehículos de >18 t MMA presentan restricciones adicionales en vías urbanas | Existen restricciones por peso en túneles y tramos específicos dentro del término municipal. |
| Zonas Especiales | Acceso restringido por criterios ambientales. Solo permitido con autorización y en casos de entrega esencial o permisos específicos. | Evitar entrada a zonas restringidas salvo autorización y sólo para entregas esenciales |
| Etiqueta Ambiental | Solo están autorizados vehículos con etiqueta B, C, ECO o 0 Emisiones para circular por zonas con restricción ambiental. | En la M-40 no existen restricciones ambientales mientras se circula por la propia vía, pero si el vehículo accede a zonas urbanas dentro de la M-40, se aplican las mismas exigencias de etiqueta ambiental que en la M-30. |
Ventanas horarias principales (M-30 y vías urbanas)
Día/Evento Horario de Prohibición
Domingos y festivos 08:00 – 24:00
Vísperas de festivo (no sáb.) 16:00 – 24:00
Primer día de festivo largo 08:00 – 15:00
Último día de festivo largo 08:00 – 24:00
Si tienes autorización podrás circular en horario de 7h a 22h, si no se tiene la autorización se puede circular de 22h a 7h.

Procedimiento de autorización municipal (Ayuntamiento de Madrid)
¿Quién tramita?
Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación (Ayuntamiento de Madrid).
¿Cómo se solicita?
- Online: Sede electrónica del Ayuntamiento (requiere firma digital).
- Presencial: Oficinas de registro municipales.
Documentación requerida:
- Permiso de circulación del vehículo
- Tarjeta ITV en vigor
- Seguro obligatorio y de responsabilidad civil para mercancías peligrosas
- Certificado ADR vigente
- Designación de consejero de seguridad
- Tarjeta de transporte (si aplica)
- Documento con clases ADR, cantidades, método de transporte, origen y destino
Plazo de resolución:
Hasta 1 mes desde la presentación completa de la documentación.
Tasas:
Según la ordenanza fiscal municipal (importe variable).
Zonas y restricciones especiales
Túneles de la M-30:
Prohibido el paso de camiones ADR, independientemente del peso.
Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y Distrito centro:
Acceso muy restringido, solo vehículos con etiqueta ambiental adecuada y, en su caso, autorización especial.
Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMPM):
Obligatorio usar la red designada para distribución y entrega. El tránsito por la M-30 está prohibido si el origen y destino están fuera de la zona.
Marco normativo
- ADR (Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de mercancía peligrosas por carretera)
- Real Decreto 97/2014
- Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid
- Resoluciones anuales de la DGT
- Ordenanza municipal de Madrid (Artículos del 180 al 204)
Desde Ferga ofrecemos el servicio de tramitar dichas autorizaciones para facilitar a nuestros clientes lo máximo posible su día a día.

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