junio 13, 2025

Guía rápida de tiempos de conducción y descanso con tacógrafo digital

by Grupo ferga in Sin categoría
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En esta ocasión, desde Grupo Ferga realizamos una guía rápida de tiempos de conducción y descanso con tacógrafo digital, en la que se proporcionan pautas e información importante sobre la normativa que regula los tiempos de estas actividades para conductores que utilizan vehículos con este dispositivo.

El objetivo es facilitar la comprensión de esta normativa, ya que su interpretación puede resultar complicada. Además, se destacan las consecuencias de no respetar los tiempos de descanso o exceder los tiempos de conducción, que pueden llevar a sanciones.

También abordamos las dudas más frecuentes relacionadas con los tiempos de conducción y descanso al utilizar un tacógrafo digital. Enfocándonos en proporcionar claridad sobre estos aspectos, que suelen generar interrogantes entre los conductores.

Es importante destacar que el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso es fundamental para garantizar la seguridad en la carretera y evitar la fatiga del conductor. Por lo tanto, es recomendable seguir las pautas y regulaciones establecidas en la normativa correspondiente.

¿Qué es el tacógrafo digital?

El tacógrafo digital es un dispositivo electrónico obligatorio en vehículos de transporte terrestre con un Peso Máximo Autorizado (PMA) superior a 3,5 toneladas, tanto para transporte de pasajeros como de mercancías.

Su función principal es registrar y almacenar automáticamente una variedad de datos relacionados con la conducción del vehículo, tales como:

  • Distancia recorrida
  • Velocidad (promedio y máxima)
  • Tiempos de conducción y descansos
  • Pausas en la conducción
  • Aceleraciones y frenadas bruscas
  • Tiempo en ralentí
  • Ubicación del vehículo (a través de GPS)
  • Identificación del conductor (mediante tarjeta inteligente)

¿Cómo funciona el tacógrafo digital en relación con los tiempos de conducción y descanso?

El tacógrafo digital desempeña un rol fundamental en el cumplimiento de las normativas de tiempos de conducción y descanso establecidas por la Unión Europea, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y proteger la salud de los conductores profesionales.

Principios básicos de los tiempos de conducción y descanso:

  1. Conducción diaria: Máximo de 9 horas de conducción ordinaria, ampliable a 11 horas en dos ocasiones por semana.
  2. Conducción semanal: Máximo de 56 horas en una semana, ampliable a 60 horas en dos semanas consecutivas.
  3. Descanso diario: Periodo mínimo de 11 horas de descanso ininterrumpido tras un periodo de conducción.
  4. Descanso semanal: Periodo mínimo de 45 horas de descanso, ampliable a 24 horas que se compensarán en las tres semanas siguientes.

Registro y control de los tiempos de conducción y descanso

El tacógrafo digital registra y controla automáticamente el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso:

  • Tarjeta de conductor: Cada conductor profesional posee una tarjeta inteligente que almacena sus datos personales y los registros de conducción y descanso.
  • Modos de registro: El tacógrafo dispone de diferentes modos de registro para distintas actividades:
    • Conducción: Registra la velocidad, distancia y tiempo de conducción.
    • Trabajo: Registra el tiempo dedicado a otras actividades laborales, como carga o descarga.
    • Disponibilidad: Registra el tiempo en el que el conductor está disponible para trabajar.
    • Descanso: Registra los periodos de descanso.
  • Descarga de datos: Los datos registrados en el tacógrafo y en la tarjeta del conductor deben descargarse periódicamente y conservarse durante al menos un año.

Ejemplos prácticos:

  1. En el caso de que se haya conducido durante 4 horas y media seguidas, se debe realizar un descanso mínimo de 45 minutos antes de volver a conducir.
  2. Si un conductor ha trabajado durante 6 días consecutivos, debe realizar un descanso semanal de 45 horas, que puede dividirse en dos períodos: 36 horas seguidas y 9 horas que se compensarán en las tres semanas siguientes.

El tacógrafo digital puede alertar al conductor cuando se acerca a los límites de conducción o cuando necesita realizar un descanso.

Recomendaciones

Algunos consejos para cumplir con la normativa son:

  1. Planificar los viajes: Es importante planificar los viajes con antelación para asegurarse de cumplir con los tiempos de conducción y descanso.
  2. Utilizar correctamente el tacógrafo: El conductor debe formarse y familiarizarse con el funcionamiento del tacógrafo y asegurarse de registrar todos los modos de actividad correctamente.
  3. Descargar los datos periódicamente: Se deben descargar los datos del tacógrafo y de la tarjeta del conductor de manera regular y conservarlos durante al menos un año.
  4. Estar al día con la normativa: Es importante mantenerse informado sobre las últimas actualizaciones de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso.

En caso de duda, consultar con las autoridades competentes.

Recomendaciones

Cambios importantes en la normativa

A partir del 20 de agosto de 2020, la normativa sobre los tiempos de conducción y descanso ha sufrido una serie de modificaciones de gran importancia. Esta es una de las primeras medidas del paquete de movilidad para el transporte internacional (basada en la Regulación (EU) 2020/1054 del Parlamento Europeo del 15 de julio del 2020 que afecta al (EC) No 561/2006).

Vamos a desglosar los cambios más importantes en los siguientes bloques de conducción y de descansos.

CONDUCCIÓN

DIARIA (ANTERIOR 20/08/2020)

  • El tiempo diario de conducción no será superior a nueve horas.
  • No obstante, el tiempo diario de conducción podrá ampliarse como máximo hasta 10 horas no más de dos veces durante la semana.

DIARIA (ACTUALMENTE)

  • Podrá superarse el tiempo de conducción diario en un máximo de una hora, para llegar al centro de operaciones del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar del período de descanso semanal.
  • Podrá superar el tiempo de conducción diario en un máximo de dos horas, siempre que tome una pausa ininterrumpida de treinta minutos inmediatamente antes de la conducción adicional para llegar al centro de operaciones del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar de un período de descanso semanal normal.

NOTA. Deberá tenerse en cuenta que no se puede comprometer la seguridad en carretera, y deben concurrir circunstancias excepcionales. El conductor deberá señalar el motivo de la excepción manualmente en la hoja de registro, en un documento impreso o en el registro de servicio, a más tardar al llegar a destino o al punto de parada adecuado.

En el segundo caso antes de realizar la ampliación de la jornada, será necesario realizar una pausa de 30 minutos.

Cualquier extensión del tiempo de conducción se compensará con un período de descanso equivalente, que se tomará en una sola vez junto con cualquier período de descanso, antes de que finalice la tercera semana siguiente a la semana de que se trate.

CONDUCCIÓN

SEMANAL (ANTERIOR 20/08/2020)

  • El tiempo de conducción semanal no superará las 56 horas y no podrá exceder del tiempo semanal de trabajo máximo fijado en la normativa laboral.
  • La duración media del tiempo de trabajo semanal no podrá superar las cuarenta y ocho horas. La duración máxima del tiempo de trabajo semanal podrá llegar hasta sesenta horas si la duración media calculada sobre un período de cuatro meses no excede de cuarenta y ocho horas.

SEMANAL (ACTUALMENTE)

  • Podrá superarse el tiempo de conducción semanal en un máximo de una hora, para llegar al centro de operaciones del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar del período de descanso semanal.
  • Podrá superar el tiempo de conducción semanal en un máximo de dos horas, siempre que tome una pausa ininterrumpida de treinta minutos inmediatamente antes de la conducción adicional para llegar al centro de operaciones del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar de un período de descanso semanal normal.

CONDUCCIÓN

BISEMANAL (NO TIENE VARIACIONES)

DESCANSOS

DIARIO (NO TIENE VARIACIONES)

SEMANAL (ANTERIOR 20/08/2020)

  • En el transcurso de dos semanas consecutivas el conductor tendrá que tomar al menos:
    • dos períodos de descanso semanal normales, o
    • un período de descanso semanal normal y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas.
  • El período de descanso semanal comenzará antes de que hayan concluido seis períodos consecutivos de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal.

SEMANAL (ACTUALMENTE)

  • El conductor que se dedique al transporte internacional de mercancías podrá tomar dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos fuera del Estado miembro de establecimiento, siempre que, en cada cuatro semanas consecutivas, tome como mínimo cuatro períodos de descanso semanal, de los cuales al menos dos deberán ser períodos de descanso semanal normales.
  • A efectos del presente apartado, se considerará que un conductor se dedica al transporte internacional si inicia los dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos fuera del Estado miembro de establecimiento del empresario y fuera del lugar de residencia del conductor.
  • Cuando se hayan tomado dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos, el período de descanso semanal siguiente irá precedido de un período de descanso tomado como compensación de esos dos períodos de descanso semanal reducidos.

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